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Primeros ejercicos de economía de segundo de bachillerato

Estos ejercicios serán realizados por: Alba Cristina Sánchez Izquierdo y Miriam Nuñez Cano

1 / Buscad una convocatoria de Junta General Ordinaria de una Sociedad Anónima e identificad los tres puntos que la ley establece por defecto. Pegadlos en vuestras bitácoras.

http://www.ree.es/apps/index_dinamico.asp?menu=/accionistas/menu_acc.htm&principal=/accionistas/junta/2003/ordinaria/convocatoria.htm

 

El Consejo de Administración de esta Sociedad, en sesión celebrada el día 31 de marzo del 2003, ha acordado convocar Junta General Ordinaria de Accionistas, que se celebrará en primera convocatoria el día 24 de abril del 2003, a las 12:30 horas en el Teatro Auditorio Ciudad de Alcobendas, Calle Blas de Otero, 4, 28100-Alcobendas, Madrid, y en su caso, el día 25 de abril del 2003 en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, al objeto de deliberar y resolver acerca de los asuntos comprendidos en el siguiente

ORDEN DEL DÍA:


Primero - Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria) y del Informe de Gestión, tanto de Red Eléctrica de España, S.A. como de su Grupo Consolidado de Sociedades, así como de la propuesta de aplicación del resultado de Red Eléctrica de España, S.A. y de la gestión de su Consejo de Administración, todo ello referido al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2002.

Segundo - Ratificación y nombramiento, si procede, de Consejeros de la Sociedad.

Tercero - Reelección de Auditores de Cuentas de la Sociedad.

Cuarto - Autorización para la adquisición derivativa de acciones propias en los términos legalmente previstos.

Quinto - Modificación del artículo 20 de los Estatutos sociales (número máximo de Consejeros) y adición de un nuevo artículo 21bis (Comité de Auditoría).

Sexto - Delegación de facultades en el Consejo de Administración para emitir valores negociables de renta fija y solicitar, en su caso, la admisión, permanencia y exclusión de los mismos en mercados secundarios organizados.

Séptimo - Delegación en el Consejo de Administración de la Sociedad, con facultades de sustitución, para la plena ejecución de los acuerdos adoptados en la Junta General Ordinaria de Accionistas.

INTERVENCIÓN DE NOTARIO EN LA JUNTA
El Consejo de Administración ha acordado requerir la presencia de un Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, para que levante el Acta correspondiente a la Junta General.

DERECHO DE ASISTENCIA
Podrán asistir a la Junta General los accionistas titulares de al menos 50 acciones que las tengan inscritas en el correspondiente registro contable con cinco días de antelación a la fecha de celebración de la Junta, y lo acrediten mediante la oportuna tarjeta de asistencia, que será expedida por alguna de las entidades adheridas al Servicio de Compensación y Liquidación de Valores o, en su caso, por Red Eléctrica de España, S.A., en el domicilio social, previo depósito de los documentos acreditativos de la titularidad e inmovilización de los valores.

Los accionistas titulares de menos de 50 acciones podrán agruparse y conferir su representación a otros accionistas que con ellas completen al menos 50 acciones. La agrupación deberá llevarse a cabo con carácter especial para esta Junta General y constar por escrito.

Los accionistas que tengan derecho de asistencia podrán hacerse representar en la Junta General por medio de otra persona, que deberá ser accionista, salvo en el caso del artículo 108 de la Ley de Sociedades Anónimas. La representación deberá conferirse por escrito y con carácter especial para esta Junta y, en su caso, deberán constar las instrucciones de voto.
Caso de no impartirse instrucciones de voto, se entenderá que el representante vota a favor de las propuestas presentadas por el Consejo de Administración.

DERECHO DE INFORMACIÓN
Los accionistas que lo deseen pueden examinar y obtener en el domicilio social de la Sociedad (Paseo del Conde de los Gaitanes, 177, 28109-Alcobendas, Madrid) y en la oficina dispuesta a este efecto en el Hotel Aitana AC (Paseo de la Castellana, 152, Madrid), o solicitar que les sean remitidas, de forma inmediata y gratuita, las Cuentas Anuales, el Informe de Gestión y el Informe de los Auditores de la Sociedad, correspondientes al ejercicio 2002; las Cuentas Anuales Consolidadas, el Informe de Gestión Consolidado, el Informe de los Auditores del Grupo Red Eléctrica, correspondientes igualmente al ejercicio 2002, así como el texto íntegro de la modificación que se propone en cuanto al punto quinto del Orden del Día, de modificación de los Estatutos sociales y el informe elaborado por los administradores justificando la propuesta.

 

  • primer punto " censurar la gestion social"

examen y aprobación de las cuentas anuales.

  • segundo punto " aprobar las cuentas anuales"

Examen y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales (Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Memoria) y del Informe de Gestión, tanto de Red Eléctrica de España, S.A. como de su Grupo Consolidado de Sociedades.

  • tercer punto "resolver las aplicaciones del resusltado"

aplicación del resultado de Red Eléctrica de España, S.A. y de la gestión de su Consejo de Administración, todo ello referido al ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2002.

 

2/ Buscad criterios que permitan diferenciar una pyme de una gran empresa

Las diferencias entre una Pyme y una gran empresa son que la pyme emplea al menos 250 trabajadores, que tenga un volumen de negocios inferior a 50 millones de euros o un balance general inferior a 43 millones de euros, que no esté participada en un 25% o más de su capital por una empresa que no cumpla los requisitos anteriores, aunque podrá superarse dicha participación en los siguientes casos:

  • Por pertenecer la empresa a sociedades públicas de participación, sociedades de capital riesgo o a inversores institucionales, siempre que éstos no ejerzan, individual o conjuntamente, ningún control sobre la empresa.
  • Si el capital está distribuido de tal forma que no es posible determinar quien lo posee y si la empresa declara que puede legítimamente presumir que el 25% o más de su capital no pertenece a otra empresa o conjuntamente a varias empresas que no responden a la definición de PYME o de pequeña empresa, según el caso.

3/ Qué puede motivar la expulsión de un socio de la Cooperativa en Castilla-La Mancha? (pista: mira la ley)

 

    La expulsión de los socios sólo podrá acordarla el órgano de administración de la cooperativa, salvo que los Estatutos sociales determinen que sea la Asamblea general, por falta muy grave, mediante expediente instruido al efecto y con audiencia del interesado.

Se consideran faltas muy graves susceptibles de motivar la expulsión del socio:

  • La realización de actividades que puedan perjudicar los intereses de la cooperativa, como operaciones de competencia con ella, salvo cuando sea consentida; el fraude en las aportaciones u otras prestaciones, y cualquier actuación dirigida al descrédito de la misma.

  • El incumplimiento del deber de participar en la actividad económica de la cooperativa, de acuerdo con los módulos fijados en los Estatutos sociales.

  • El incumplimiento de la obligación de desembolsar las aportaciones al capital social.

  • El incumplimiento persistente o reiterado de las obligaciones económicas asumidas frente a la cooperativa.

  • Prevalerse de la condición de socio de la cooperativa para realizar actividades especulativas o ilícitas.

  • La reincidencia tres veces, en un período de dos años, en faltas graves.

  • Las determinadas específicamente por esta Ley para unas clases de cooperativas.

  • Las que puedan establecerse en los Estatutos sociales.

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